Código de Ética


¿Cuál es su objetivo?

Ser un conjunto de normas mínimas que los proveedores se comprometan voluntariamente a cumplir con la finalidad de que toda compra o venta, de bienes, productos o servicios utilizando medios electrónicos digitales, ópticos o de cualquier otra tecnología, en el territorio nacional, se efectúe en un marco de respeto a los derechos de los consumidores, adoptando el uso de herramientas y las mejores prácticas comerciales a nivel global.


¿Quiénes podrán adherirse al Código de Ética?

Cualquier persona física o moral que sea proveedora, nacional o extranjera, que efectúe transacciones a través del uso de medios digitales, ópticos o de cualquier otra tecnología, en el territorio nacional.

Los proveedores que deseen adherirse al Código de Ética deberán llenar el formato de solicitud para la obtención del Código de Ética, que estará disponible en la página institucional de la Procuraduría.


Información que contiene el formato de solicitud:


Proceso de registro

Una vez recibida la solicitud y documentación, se procederá a su revisión para determinar si se cumple con los requisitos señalados.

Si del análisis que realice la Procuraduría, se observa que falta algún requisito para obtener el Código de Ética, se notificará mediante correo electrónico de esta circunstancia al proveedor, a efecto de que lo subsane en un plazo máximo de 15 días hábiles por la misma vía.

Una vez que haya transcurrido el plazo previamente señalado sin que se subsane el requisito o requisitos faltantes por parte del proveedor, se entenderá por negada la solicitud (negativa ficta), pudiendo el proveedor iniciar una nueva solicitud.

Una vez subsanadas las omisiones señaladas en el párrafo anterior, la Procuraduría tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles para resolver respecto de la solicitud.

De ser aprobada la adhesión, se hará del conocimiento del proveedor mediante el correo electrónico, otorgándose el registro correspondiente al proveedor el cual deberá conservar para cualquier trámite.

Una vez obtenido su registro podrán obtener previo cumplimiento de sus requisitos, el Distintivo Digital Profeco.


Requisitos para su adhesión

Toda tienda virtual o plataforma de comercio electrónico deberá poner a disposición de los consumidores lo siguiente:

Adicionalmente los proveedores que deseen adherirse deberán cumplir y respetar lo siguiente:


Contáctanos

Si tienes dudas envíanos un correo a comercioelectronico@profeco.gob.mx

Consulta el acuerdo del Código de Ética en materia de comercio electrónico

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5612351&fecha=26/02/2021

Su vigilancia y cumplimiento

Los proveedores que se adhieran deberán de contar con mecanismos propios de vigilar el cumplimiento de este código de ética, así como de procedimientos de seguimiento ante su incumplimiento.

Todo proveedor que se adhiera al Código y obtenga su registro deberá de comprometerse a respetarlo y cumplirlo en materia de comercio electrónico, publicidad, protección de datos y derechos humanos.

A su vez, la Procuraduría Federal del Consumidor realizará monitoreos cuatrimestrales a los proveedores adheridos, con el propósito de revisar su cumplimiento. Dicho listado se publicará en el Padrón de Proveedores Responsables publicado en la página oficial de la Procuraduría.


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